De los derechos de los extranjeros para adquirir propiedad privada y sus limitaciones

Por Ángel Marín

     Demos la bienvenida a esta columna a Ángel Marín Díaz, presidente y director ejecutivo de Immtec Legal Services, con más de 20 años de experiencia en el puesto, y cuyas oficinas se encuentran en la Ciudad de México, San Miguel de Allende y próximamente en la ciudad de Querétaro.  

     Comencemos aclarando, ¿quién es un extranjero en México? Pues bien, son todas las personas que no han nacido en el país, y aquellos que no han obtenido la nacionalidad mexicana por el trámite legal de naturalización.  

     Pero, a pesar de que un extranjero con residencia en el país no sea considerado como ciudadano mexicano, goza de todos los derechos que la Constitución Política y los derechos humanos conceden a cualquier persona que se encuentre dentro del país, siendo uno de ellos el poder adquirir propiedad privada en territorio nacional, pero antes deberá cumplir algunos requisitos.

     ¿Cuáles son esos requisitos? Primero que nada, debe obtener un permiso por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), quien es la autoridad que vigila la relación que existe entre un país extranjero y México con los derechos de las personas extranjeras en el país. A su vez, los requisitos para obtener ese permiso son: solicitar la intención de adquirir una propiedad, para lo cual deberá presentar el convenio donde renuncia a comprar propiedades dentro de la zona restringida, acreditar su estancia legal en el país con el formato migratorio FM2 o FM3, y anexar a dicha solicitud un documento en el que se describan las medidas y colindancias del inmueble que quiere comprar. 

    Tal vez te preguntarás, ¿por qué si quiero comprar una propiedad en México no puedo hacerlo en cualquier parte del país? Los motivos son históricos y con el fin de evitar confundir los límites de fronteras de la Nación con las del país más cercano, es por esto que la Constitución Política de México prohíbe adquirir propiedad a los extranjeros a lo largo de todas las fronteras y mares, a esta zona se le llama “zona restringida”; fuera de estos casos cualquier persona migrante puede comprar una propiedad dentro del país.

     El permiso del que hemos hablado debe tramitarse de manera presencial y directamente en la Secretaría de Relaciones Exteriores, que tiene su domicilio en la Ciudad de México, pero también lo puede realizar tu apoderado legal con el debido poder notarial presentándose con todos tus documentos; posteriormente, solo deberás esperar 5 días para tener una respuesta a tu permiso.

     Para todos tus servicios de planificación patrimonial, heredados, servicios notariales y migratorios, o preguntas e información más específica, comunícate con el autor Ángel Marín Díaz a: info@inmtec.net o al teléfono 415-121-9005.