El Sexto Informe del IPCC o crónica anunciada de un colapso climático

Por Alejandro Angulo

En la primera semana de marzo, se publicó el Sexto Informe del IPCC sobre cambio climático y, a diferencia de los cinco anteriores, de forma contundente se afirmó que el cambio climático actual es producto de la actividad humana, con lo cual ya no habrá duda, sobre todo para los negacionistas.

Dicho informe, que de acuerdo con la opinión del Dr. Humberto Suzán, investigador y catedrático de la UAQ y Coordinador del Primer Informe de Cambio Climático en el estado, lo caracterizó, en la entrevista sostenida en el programa televisivo Un Mundo Verde de RTQ, como “crónica de una muerte anunciada” pues los datos y aseveraciones de dicho Informe eran bastante fuertes y daban casi por sentado que difícilmente se podrían alcanzar las metas de reducción para no rebasar el 1.5°C, cuando ya llevamos, conforme al Informe citado, 1.1°C. 

Textualmente, el Informe señala lo siguiente: “Las actividades humanas, principalmente a través de las emisiones de gases de efecto invernadero, han causado inequívocamente el calentamiento global, con una temperatura superficial global que alcanzó 1.1° C por encima  de 1850-1900 en 2011– 2020. Las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero han seguido aumentando, con contribuciones históricas y continuas desiguales derivadas del uso   insostenible de la energía, el cambio de uso de la tierra, estilos de vida y patrones de  consumo y producción en todas las regiones, entre los países, y entre individuos”.   

Una de las novedades plasmadas en dicho informe es el dato del promedio de CO2e per cápita a nivel mundial al señalar que “En 2019, alrededor del 35% de la población mundial  vive en países que emiten más de 9 tCO2-eq per cápita”. El Informe puntualiza que “El cambio climático ha causado daños sustanciales y pérdidas cada vez más irreversibles en los ecosistemas terrestres, de agua dulce, criosféricos y costeros y de mar abierto”.

Como algo novedoso, el Informe afirma sobre los impactos en la salud humana al decir que “En las zonas urbanas, el cambio climático observado ha causado efectos adversos en la salud  humana, los medios de subsistencia e infraestructura”.

En relación con las acciones de mitigación, el Informe es contundente al señalar que “Las emisiones globales de GEI en 2030 implícitas en las contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC) anunciadas en octubre de 2021 hacen probable que el calentamiento supere   los 1,5 ° C durante el siglo XXI y dificulta la limitación del calentamiento por debajo de 2 °C.”

El Informe establece que las acciones que pueden cambiar la trayectoria sólo tienen un periodo de 10 años, con lo cual se fija, determina o establece una línea de tiempo muy acotada, de ahí el comentario del Dr. Huberto Suzán.

Ahora bien, desde antes del Sexto Informe, pero ahora con mayor fuerza, se ha abierto la discusión sobre la justicia climática, de la cual se dice que no es exactamente una justicia ambiental, ya que la primera lleva implícita aspectos económicos, sociales y políticos. Pero en añadidura, también se debate sobre la tutela jurídica en torno a elementos naturales, de tal forma que la crítica se direcciona hacia el enfoque centrado sólo en el ser humano, cuando el cambio climático ha tenido impactos negativos en la biodiversidad, lo que conlleva a considerar a otros seres vivos. 

No obstante, el punto crítico que se discute es el enfoque de una justicia climática que ponga en claro el daño y la responsabilidad, lo cual se traduce en que los daños del cambio climático son diferenciados de país a país y entre la misma población, pues hay quienes padecen mayormente las consecuencias del cambio climático, y en paralelo a ello, se abre la ventana de la responsabilidad, es decir, que hay quienes son mayormente más responsables del cambio climático y por consecuencia deben asumirla.

Bajo este tenor, entonces se habla de una justicia climática que pasa por el andamiaje de una justicia distributiva y correctiva, que obligue, distribuya y responsabilice a los principales agentes causales del cambio climático.

Por ello, en la parte final del Informe en cita, se aborda el tema de financiamiento de los países desarrollados hacia los países en desarrollo o que sufren más el cambio climático, pero por supuesto que se toca en términos de compromisos, más no de responsabilidad del daño causado.

Derivado de tal cuestión, hay muchas más propuestas de los matices de la justicia climática, por ejemplo en relación con los migrantes o desplazados climáticos, el enfoque de género o el de la pobreza.

Pero no hay duda de que se tiene que hilar en torno a construir un nuevo paradigma sobre la justicia climática, que dé respuesta a los problemas actuales, sin descuidar las acciones urgentes que hay que tomar en general, pues esa discusión puede ocasionar que nos tardemos en hacer lo que urge para cumplir las metas y no rebasar el 1.5°C en la siguiente década, si no será demasiado tarde, a pesar de construir un edificio nuevo de justicia climática.

En tanto, en algunos estados como Querétaro, ya hay indicios de una justicia distributiva climática con el impuesto ambiental por emisiones, ya que ahora tendrán que asumir su responsabilidad quienes emitan CO2e a la atmósfera y pagarán más lo que emitan más. Por su parte, en el municipio de Querétaro se emplea el enfoque de la compensación en los casos de proyectos que suprimen o reduzcan los servicios ecosistémicos como la captura de CO2 o la remoción de contaminantes.

En el futuro próximo, no se descarta que haya reformas a la legislación ambiental a nivel estatal y municipal, que contemple las acciones ciudadanas colectivas para demandar a quienes contaminen o afecten los servicios ecosistémicos ligados al cambio climático.

Justicia climática para todos.